Fuente: Web Injuve
Fecha de Publicación en BOE:
12 de septiembre de 2013.
12 de septiembre de 2013.
Presentación de solicitudes:
Del 13 de septiembre al 3 de octubre de 2013 incluido (*).
Del 13 de septiembre al 3 de octubre de 2013 incluido (*).
(*) Debido a la corrección de errata por omisión del Anexo I de la
Convocatoria, publicado en el BOE el 13 de septiembre, el plazo de
presentación de las solicitudes se amplía al 3 de octubre.
En la solicitud (Anexo I) deberá figurar el sello de entrada
de la oficina de Registro correspondiente o el sello de la oficina de
Correos.
Cuantía de las Ayudas:
De 1.000,00 € a 15.000,00 € por ayuda.
Beneficiarios:
- Personas físicas individuales, personas jurídicas y agrupación de personas físicas y jurídicas.
- Españolas o con residencia legal en España.
- De 18 a 35 años según sea el objeto de la ayuda.
- Producción de Obra en artes visuales, musicales, escénicas, literarias, diseño, cómic o cualquier otra disciplina creativa (18 a 30 años).
- Movilidad de obra producida y/o movilidad de creadores en espacios especializados nacionales o internacionales (18 a 30 años).
- Proyectos a desarrollar en la Sala Amadís del Instituto de la Juventud: comisariado, talleres y actividades de creación emergente (18 a 35 años). Plano y especificaciones técnicas de la sala en documentos de descarga.
- Emprendimiento de proyectos culturales: gestión de eventos y/o espacios culturales en ámbito nacional o internacional (18 a 35 años).
En caso de que el proyecto objeto de Ayuda haya recibido o prevea recibir ayuda económica de otras instituciones o entidades, la ayuda solicitada a Injuve deberá representar como mínimo el 75% del coste total del proyecto.
El número de ayudas estará en función de las cuantías de los proyectos seleccionados y la disponibilidad presupuestaria (144.000,00 €).
El interesado podrá presentar tantas solicitudes de ayuda como estime oportuno, pero se le concederá, como máximo, ayuda para dos proyectos.
La ayuda se hará efectiva en un solo plazo y tendrá carácter de pago anticipado.
El plazo de tiempo para realizar el proyecto será el establecido por el interesado, con la fecha límite de 31 de diciembre de 2014.
El beneficiario está obligado a justificar los gastos efectuados con cargo a la ayuda recibida en el plazo de 2 meses contados desde la finalización del plazo para la realización del proyecto.
Dónde presentar las solicitudes:
- El Registro General del Instituto de la Juventud (C/ José Ortega y Gasset, 71-28006 Madrid).
- En los Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o la de alguna de las entidades que integran la Administración Local.
- En las oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Todos los actos y trámites del procedimiento y de la resolución de concesión se harán mediante su inserción en el tablón de anuncios del Instituto de la Juventud (C/ José Ortega y Gasset, 71 - 28006 Madrid), y en esta página web el día siguiente al de su aprobación por el órgano competente.
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